Datos abiertos, clasificados y reservados

Con el proyecto de Datos Abiertos, el Gobierno Colombiano promueve la transparencia, el acceso a la información pública, la competitividad, el desarrollo económico, y la generación de impacto social a través de la apertura, la reutilización de los datos públicos, y el uso y apropiación de TIC.

Los datos abiertos son información en su forma más básica y sin procesar, presentada en formatos estándar que facilitan su acceso y reutilización. Estos datos, manejados por entidades públicas o privadas con funciones públicas, están disponibles para cualquier ciudadano sin restricciones. Su objetivo es permitir que terceros los utilicen para crear servicios que beneficien a la comunidad, conforme a lo establecido en la Ley de Transparencia (Ley 1712 de 2014, artículo 6, literal j).

En la Notaría Segunda de Socorro, ofrecemos estos datos abiertos sin ningún tipo de limitación o restricción. Esto permite a cualquier persona usarlos para desarrollar servicios que aporten al bienestar de la sociedad. A continuación, presentamos el conjunto de datos abiertos de la notaría, disponibles tanto en nuestro sitio web como en el portal de datos abiertos del estado www.datos.gov.co.

Datos del conjuntoPortal de datos.gov.coFecha de publicación Frecuencia de actualización   
 Registro de activos de la informaciónClic aquí. 20/08/2024 Anualmente   
Esquema de publicación de la informaciónClic aquí. 21/08/2024Anualmente   

De conformidad con el Decreto 103 de 2015, el Índice de Información Clasificada y Reservada es el inventario de la información pública generada, obtenida, adquirida o controlada por el sujeto obligado, en este caso por la Notaria Segunda Socorro , la cual ha sido calificada como clasificada o reservada.

La Calificación efectuada a la información obedece a las definiciones establecidas en la Ley 1712 de 2014 en la cual se indicó:

  1. Información pública clasificada. Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado, siempre que se trate de las circunstancias legítimas y necesarias y los derechos particulares o privados consagrados en el artículo 18 de esta ley.
  2. Información pública reservada. Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, es exceptuada de acceso a la ciudadanía por daño a intereses públicos y bajo cumplimiento de la totalidad de los requisitos consagrados en el artículo 19 de esta ley.

A continuación, se presenta el documento que contiene el listado de la información clasificada como reservada y/o clasificada en la Notaria Única de Sabana de Torres de acuerdo a lo estipulado en la ley 1712 del 2014 (Ley de transparencia):

Descripción Vínculo Fecha de publicación
Índice de información clasificada y/o reservada Clic aquí 20/08/2024
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